Mañana celebramos la Constitución de 1978 y en este blog lo vamos a hacer buscando qué tienen en común la Carta Magna y el Real Decreto 2099/83 de 4 de Agosto por el que se aprueba el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado. En este blog ya se ha hablado de las menciones de protocolo que encontramos en la Constitución del 78, no me voy a repetir se lo prometo. Hoy la entrada será más ligera, de hecho ha adoptado la forma de infografía, y revisará los puntos de encuentro entre estas dos normas en lo que respecta a autoridades.
Las principales autoridades de nuestro país están mencionadas en la Constitución del 78, no es de extrañar que las veamos en los primeros puestos de los artículos 10 y 12 del Real Decreto. En la mención constitucional encontramos el fundamento de su rango. Esos preceptos constitucionales se desarrollaron y se siguen desarrollado por leyes que han ido creado nuevas autoridades no mencionadas en la norma del 78 ni en la del 83, pero dependientes de aquellas autoridades y organismos que recoge la Constitución, de ahí también la importancia de los artículos 14 y 16 del Real Decreto.
Les dejo la infografía-chuleta, seguro que alguna me falta, agradeceré que alguien me lo haga saber.