La muerte de un rey en el Madrid del siglo XVII se convertía en una manifestación de duelo público, en una obligación social a la que ningún súbdito podía sustraerse. Y es que la muerte se oía, se veía, se olía y se manifestaba vehementemente a través de gritos y llantos, sollozos y lamentos.
El sonido de la muerte
El pueblo -en cualquier lugar del reino- recibía la comunicación de la muerte del rey a través del sonido de las campanas de las iglesias, la forma de divulgar la información más rápida de la época. Si moría el rey sonaban –tocando a clamores– todas las campanas de la torre en la catedral, y no lo hacían solo una vez, “sonaban durante nueve días y a las mismas horas -6 y 7 am, 12 y 13 pm y 8 y 9 pm- además sonaban también los días de las honras y su víspera”. (Martínez Gil, 2000). Con tal “contaminación” acústica era imposible ignorar la muerte.
La muerte se veía
Los súbditos estaban de luto, se suspendían las fiestas públicas por espacio de cuarenta días y la muerte del rey imponía vestir de luto a todas las capas de la sociedad durante seis meses, pero hasta en esto había diferencias, no vestía prendas de igual calidad un noble que un sirviente (Varela, 1990 y Valenzuela, 2001). La Novísima Recopilación recoge una pragmática dictada por Felipe II en 1565 en la que se señala quienes, por quienes, cómo -vestimenta- y durante cuánto tiempo se debía guardar luto (esta pragmática fue objeto de un post publicado en Protocolo con Corsé en noviembre de 2014).
La muerte se olía
Velas y hachones iluminaban las iglesias -se veían y se olían- acompañaban el cortejo fúnebre y que eran donadas por la familia del difunto a la iglesia en la que se celebraban las honras. En el citado post de noviembre de 2014 se habla de la pragmática de luto y cera que intentó regular este gasto.
La muerte era una manifestación vehemente
Mediante una voz muy esforzada y levantada, el grito, y también a través del lamento y el sollozo. Un tema este, el de los llantos, que debió alcanzar tal nivel de decibelios que llevó a Felipe II a dictar otra pragmática, en 1563, en la que decía lo siguiente: “en quanto toca a los lloros, llantos y otros sentimientos que por los dichos difuntos se acostumbran a facer, se guarde lo que está ordenado por las leyes de nuestros Reynos, y so penas en ellas contenidas” remitiendo a una ley dictada por Juan I en 1380 en la que el mencionado rey ordenaba y mandaba “que ningunos sean osados de hacer llantos, ni otros duelos desaguisados por cualquiera que finare”.
Los duelos “desaguisados” (contra la razón) iban del llanto a la desfiguración de la cara, auto infligirse arañazos y golpes, mesarse los cabellos, etc. Todo esto en público, claro, porque hacerlo en la intimidad no tenía ningún sentido. Las penas que Juan I preveía para quien contraviniese la ley pasaban por ser expulsado de la iglesia por un mes, de sus tierras por un año o incluso ir a la cárcel
El duelo tenía estas manifestaciones y se convertía en la forma de exteriorizar el dolor de los súbditos –obligado o real- por la muerte de su rey y duraba mientras se celebrasen ceremonias en su memoria, ceremonias de las que iremos hablando en siguientes publicaciones.
FUENTES:
- MARTÍNEZ GIL, F. (2000): Muerte y sociedad en la España de los Austrias. Cuenca. Servicio de publicaciones de la Universidad de Castilla la Mancha.
- VALENZUELA, J. (2001): Las liturgias del poder. Celebraciones públicas y estrategias persuasivas en el Chile colonial (1606-1709). Chile. LOM Ediciones.
- VARELA, J. (1990): La muerte del rey. El ceremonial funerario de la monarquía española 81500-1885). Madrid. Turner.
IMÁGENES
- Capturas de pantalla del blog Viajar con el Arte
- Antonio Pereda: Alegoría de la Vanidad
- Cortejo Fúnebre de Carlos V
- Plañideras www.endrina.wordpress
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