No siempre se conceden honores y condecoraciones a quien los merece, o al menos cuando nos enteramos a toro pasado de la concesión de algunas distinciones honoríficas -ya sean títulos o condecoraciones– a algunos personajes nos quedamos, como se decía hace algún tiempo: “de plástico” u “ojipláticas”. Afortunadamente, la mayoría de las veces, las distinciones cumplen su función y honran y premian a personas que se ha destacado por su valor o sus servicios. Este es el caso de las que se concedieron en Murcia a los representantes de la prensa de Madrid y a D. José María Muñoz, de cuya generosidad durante los días que siguieron a la Riada de Santa Teresa en 1879 hemos dado cuenta en otra entrada de este blog.
En el acto que voy a comentar en esta entrada se concedieron títulos honoríficos, empezaré con una breve explicación de los «hijos» de los ayuntamientos, títulos que me recuerdan cuando estudiaba el 108 del Código Civil, el de la filiación por naturaleza y por adopción.
Hijos adoptivos e hijos predilectos, una concesión municipal
El título de hijo adoptivo o hijo predilecto de un municipio es la mayor distinción que una persona puede obtener y un ayuntamiento conceder. Son títulos destinados a personas que destaquen de forma extraordinaria en méritos personales o en servicios prestados en favor del municipio. Hoy en día esta facultad municipal la recoge el artículo 50, apartado 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que señala como propio del ayuntamiento en pleno: Conceder medallas, emblemas, condecoraciones u otros distintivos honoríficos y conferir títulos de hijos predilectos o adoptivos o de miembros honorarios de la Corporación. El procedimiento para su concesión aparece detallado en el Reglamento de Honores y Distinciones del municipio, que, a menudo aparece integrado en el Reglamento de Protocolo y Ceremonial.
En cualquiera de esos Reglamentos encontraremos el procedimiento para su concesión, que suele ser el siguiente:
- El título de hijo adoptivo se concede a quien sin haber nacido en el municipio, ha destacado “de forma extraordinaria, sea por sus cualidades o méritos personales, o por los servicios prestados en beneficio u honor del [nombre del municipio]”.
- La concesión de este título es acordada por mayoría absoluta del Ayuntamiento Pleno, previo expediente en el que se acreditan los méritos que justifican estos honores.
- Los títulos se extienden en un diploma -pergamino artístico- que contiene el nombre de la persona a favor de la cual se expide, los merecimientos que motivan la concesión y la indicación “Hijo Adoptivo”.
- Son títulos de carácter vitalicio y, al objeto de no tener demasiados hijos adoptivos , los ayuntamientos suelen limitar la concesión a un número determinado, habitualmente tres o cinco, no pudiendo otorgarse más mientras vivan las personas favorecidas con dicha distinción.
- Los hijos adoptivos municipales tienen su papel en los actos solemnes del Ayuntamiento ya que previa invitación oficial, acompañarán a la Corporación en los actos de ese carácter ocupando el lugar que se les asigne por el responsable de protocolo.
Una sesión solemne para la entrega de distinciones el 13 de noviembre de 1879
El 13 de noviembre de 1879 el ayuntamiento de Murcia celebró una sesión solemne, presidida por el gobernador civil de la provincia, con un doble objetivo: por un lado otorgar uno de sus mayores títulos honoríficos y por otro imponer la Gran Cruz de la Beneficencia al mencionado Sr. Muñoz.
Acto de concesión del título de hijo adoptivo
El 13 de noviembre de 1879 el Ayuntamiento de Murcia se reunió en sesión solemne para conceder el título de hijos adoptivos de aquella ciudad a varias personas, que La Ilustración Española y Americana de 22 de noviembre recoge en el siguiente listado:
D. José María Muñoz, generoso bienhechor de los desgraciados.
D. Eduardo Gasset y Artime, propietario del periódico El Imparcial, que con su oportuna iniciativa tanto ha hecho en bien de las víctimas de las inundaciones.
Don Manuel María Santa Ana y Don Manuel José de Galdo, dignísimos vocales de la Junta de Socorros del vecindario de Madrid, a cuyas reconocidas cualidades de celo e inteligencia confió la citada Junta la difícil misión de organizar el equitativo reparto de los socorros agenciados por aquélla.
El Imparcial de 14 de noviembre daba algún detalle más de dicha sesión:
“Se ha verificado esta mañana una solemne sesión en el ayuntamiento a la que han asistido el gobernador de la provincia, varias señoras, la comisión de la Junta de Socorros de Madrid, el señor Muñoz y sus tres hijos y los representantes de la prensa (…) Se han pronunciado elocuentes discursos y leído composiciones poéticas”.
Murcia despidió a sus hijos adoptivos en la estación, con grandes honores, rodeados de “las autoridades y una multitud inmensa que les atestiguaba con sus demostraciones la eterna gratitud de este pueblo para el de Madrid”.
Medalla merecida, medalla concedida
La Gran Cruz de la Beneficencia, concedida por el Gobierno a D. José María Muñoz le fue impuesta en la misma sesión solemne por el Gobernador Civil de Murcia. Se aprovechó la sesión porque “las insignias de la orden le [habían] sido regaladas pro la Corporación Municipal (…) como una prueba más del reconocimiento que el pueblo de Murcia siente hacia la inagotable caridad del Sr. Muñoz”.
En la imagen destacada, que publica La Ilustración Española y Americana de 22 de noviembre de 1879, vemos el momento en el que se lee el acta de concesión de los títulos de hijos adoptivos.
A modo de conclusión
Aunque a veces los reconocimientos y medallas nos parezcan injustos e incluso oportunistas, también se conceden a quienes los merecen. En este caso y conociendo la historia de las personas a las que se concedieron, fueron entregados con total merecimiento. Tanto el filántropo por sus dádivas, como los representantes de la prensa, quienes con su gestión de los donativos y su labor de difusión de la tragedia, consiguieron implicar no solo a nacionales si no también a extranjeros que respondieron con una oleada de solidaridad nunca antes vista, fueron dignos merecedores de los títulos y condecoraciones que se entregaron en aquella sesión solemne.
Fuentes: las mencionadas en el texto, disponibles en la Hemeroteca Digital.