Las Constituciones de la Real y Distinguida Orden de Carlos III de 19/09/1771 regulaban esta alta condecoración que fue instituida por el propio rey con motivo del nacimiento de su primer nieto, el infante D. Carlos Clemente Antonio, quien falleció tres años más tarde.
Como quiera que el mañana acudiré a la exposición «Virtuti et Merito» convocada por GMS Protocolo y Eventos, le he echado un vistazo a este documento:
El texto de las constituciones es una auténtica norma de protocolo: establece rangos, regula precedencias y tratamientos, obliga a vestir de una etiqueta determinada y ordena a los asistentes a la celebración de las distintas ceremonias de la orden, de las que recoge hasta el último detalle.
El estatuto LI habla del precedencias y me gustaría compartirlo con los lectores de este blog.
Dice el rey en el estatuto LI: “Encargamos a todos los Caballeros de esta Orden se miren, reconozcan y traten como verdaderos hermanos y estamos plenamente confiados de que reinará siempre entre ellos una mutua cordialidad y buena armonía y que, consiguientemente evitarán unos y otros, todo género de competencia entre sí (…)”. De la lectura se desprende que todos son iguales, se tratarán como hermanos, reinará la armonía en sus relaciones, evitando las distinciones que pudieran originar competencia entre ellos, pero …
Carlos III –que era, como reza el pie de la ilustración ut supra, un rey «justo y sabio» y sabía cómo se las gastan los que habitan la Corte- señala a renglón seguido que: “ (…) para evitar cualesquiera dudas que puedan ocurrir en punto de precedencia en los asientos, en la marcha y en todos los demás actos que sean relativos a las funciones o ceremonias de la Orden (…)”, no le queda más remedio que establecer unas normas para regular esas diferencias. A partir de este punto lo que hace el texto es establecer unos criterios de precedencia entre los Caballeros de la Orden, que, como recuerda el texto, asisten a esas ceremonias “(…) sin tener en cuenta su empleo, ya sea de Corte, Militar u otro”, y a los que hay que evitar “codazos” por los puestos.
Los criterios que establece este estatuto LI ordenan primero por grupos y a continuación a cada individuo dentro de su grupo correspondiente. Veamos:
1º) Grandes de España.- “Los caballeros Grandes Cruces” que sean grandes de España, “preceden absolutamente a todos los demás que no lo fueran”. Para ordenar la precedencia de todos los que estuvieran dentro de este grupo la norma establece dos criterios (que nos sonarán si tenemos relación con el protocolo):
- Antigüedad en el nombramiento y entrada en la orden.
- Mayor edad, en caso de haber sido nombrados el mismo día.
De antigüedad en el cargo hablamos ahora, como vemos, no es un criterio que haya descubierto el protocolo actual.
2º) Primogénitos de los Grandes de España. Con los mismos criterios para su ordenación interna que hemos visto en el grupo anterior.
3º) Grandes Cruces. Con los mismos criterios.
4º) Caballeros Pensionistas. Con los mismos criterios.
Sigue el texto señalando unas excepciones a esta regla general, las que atañen a los prelados eclesiásticos, los jefes de palacio y otros cargos que “tuviesen su empleo cerca de nuestra Real Persona (…)”, a los que saca de esa ordenación y pone en un lugar especial, para que puedan asistirle, exactamente lo que hace el artículo 19 del RD 2099/83 “El Alto Personal de la Casa de S. M. el Rey, cuando acompañe a SS. MM. los Reyes en actos oficiales, se situará en un lugar especial y adecuado, de acuerdo con las características y circunstancias de cada caso, sin interferir el orden general de precedencias, con la proximidad necesaria a las Reales Personas, para que pueda cumplir, cerca de Ellas, la misión que le corresponde”.
Que no, que el #protocolo no es un «invento» moderno y -sobre todo- no lo han inventado quienes dicen haberlo hecho … La norma es de 1771, hace 235 años y establece criterios que aplicamos en la actualidad.
Fuente Constituciones:Biblioteca Digital Hispánica
Fuente Real Decreto: Boletín Oficial del Estado
Fuente ilustraciones:
Captura de pantalla de www.BNE.es y www.blasoneshispánicos.com
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